Repsol YPF

Logo Repsol

Ruta

Estoy en: Inicio > ... > Vivienda > Reportajes > Comprar casa
Tu nuevo piso

Al firmar las escrituras y recibir las llaves de una vivienda nueva el comprador cumple un deseo largamente esperado. Sin embargo, todavía tendrá que resolver algunos trámites antes de poder trasladarse a vivir a ella.

Tanto las casas nuevas como las usadas tienen que tener una cédula de habitabilidad, que acredita que cumplen los niveles mínimos exigibles por las autoridades para servir de morada. Una vez en posesión de este documento se puede iniciar el papeleo para contratar el suministro eléctrico, del agua, del gas, la línea telefónica, Internet, etc.

Además, en las viviendas de nueva construcción la cédula garantiza que cumplen los controles de calidad obligatorios en la edificación de casas. Únicamente los técnico especializados (arquitectos, arquitectos técnicos o aparejadores) pueden certificar la habitabilidad y expedir la cédula. Es imprescindible tener este papel para poder dar de alta los servicios de agua, electricidad y gas. Es decir, para dar de alta los suministros las compañías pedirán, entre otros documentos, la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad.

La cédula de habitabilidad

Los precios de las cédulas varían según el tipo de vivienda y el número de viviendas que se inspeccionen a la par. Si se trata del documento que acredita habitabilidad de nueva ocupación es preciso presentar la licencia de obras, el original del certificado final de obra y el certificado de cumplimiento del control de calidad.

También hay que saber que la obra nueva debe incluir un seguro de 10 años por vicios y desperfectos de estructura, que es indispensable para poder inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad. El promotor debe responder de los daños causados por vicios o defectos de acabado que afectan la cimentación, los apoyos, las vigas, los forjados de la obra durante una década. En caso de que la obra no esté acabada en el plazo pactado o no obtenga la cédula de habitabilidad, el comprador tiene derecho a exigir las cantidades adelantadas avaladas más los intereses legales correspondientes.

Se puede escriturar sin tener aun la licencia de ocupación siempre y cuando el notario haga constar que se entrega la vivienda sin cédula de habitabilidad. Pero, tal y como se ha dicho, entre las consecuencias que puede tener esto para el comprador se encuentra la imposibilidad de contratar el suministro de agua corriente, electricidad o gas.

Por otro lado, la cédula de habitabilidad se concede al promotor de viviendas nuevas cuando puede garantizar la llegada a las mismas del suministro de agua, electricidad y teléfono. El documento lo suscribe el arquitecto municipal como garantía de que la obra cumple todas las normas y de que los servicios básicos están dispuestos para los nuevos vecinos.

Una vez con las llaves de la vivienda en mano y la documentación en regla, ¿qué hay que hacer para darse de alta? Es muy sencillo. Sólo hay que ponerse en contacto con las compañías suministradoras, que solicitarán datos como el nombre, el DNI, domicilio de suministro, número de cuenta corriente, etc. Será suficiente con aportar los datos pertinentes y presentar la cédula de habitabilidad para firmar los contratos. En el caso de la luz previamente hay que decidir qué potencia se desea contratar. El plazo de alta puede ser efectivo en breve tiempo.

Más fácil que darse de baja

Lo cierto es que darse de alta en este tipo de servicios y otros como los de telefonía es mucho más fácil que darse de baja. Para instalar un teléfono fijo conviene averiguar si se puede hacer un traslado de la línea (llevarse la línea a la nueva casa), cuyo coste suele ser inferior. Normalmente es suficiente con llamar por teléfono a la compañía, facilitar los datos y en unos días, e incluso horas en algunos casos, se podrán utilizar sus servicios. Lo mismo sucede con los canales de televisión de pago, aunque para disfrutar de los ofrecidos por algunas compañías se necesite instalar un descodificador. 

No menos importante es mencionar que a la contratación de todos esos servicios hay que añadir la de un seguro del hogar para la nueva vivienda. Y como consejo final, conviene leer detenidamente cada contrato antes de proceder a su firma. La compañía proveedora nunca podrá exigir requisitos que no queden recogidos en él.

Por último recordar que a los trámites y gastos de compra de una vivienda nueva y de la contratación de los suministros básicos se añaden otros como los de constitución de la comunidad de propietarios. 

Artículos relacionados:
La factura del agua
Qué deben ofrecer los contratos de telefonía fija

6 de noviembre de 2007


Lo + leído

Acceso a Confianza online